El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las actividades aéreas de lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, y se establecen los requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas.
El Real Decreto establece las normas aplicables a estas actividades en relación con el diseño, la producción, el mantenimiento y la operación de productos, componentes, equipos aeronáuticos, personal y organizaciones que intervengan en dichos procesos, y para la explotación y operación de las aeronaves destinadas a dichas actividades.
Asimismo, se establece la aplicación de dichas normas a las actividades de aduanas, policía y servicios de guardacostas en materia de aeronavegabilidad y licencias y habilitaciones del personal de vuelo.
Hasta ahora estas actividades se consideraban «operaciones especiales» de la aviación general, por lo que se regulaban por la Ley de Navegación Aérea de1960 y el Reglamento de Circulación Aérea de 2002, pero este ámbito jurídico no concretaba los requisitos técnicos exigibles.
Con la normativa técnica aprobada hoy se pretende incrementar los actuales niveles de seguridad en dichas actividades aéreas, una vez que, además de regular específicamente este tipo de trabajos, incluye estas actividades en el Sistema de Notificación de Sucesos, para mejorar el enfoque preventivo de la seguridad.
Este Real Decreto entrará en vigor el 1 de junio de 2015, por lo que los profesionales del sector tendrán nueve meses para adaptar su formación y los nuevos requisitos.